QUINTA. INSTANCIAS Y ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES
1. A la instancia se acompañará justificante del abono de los derechos de examen y formación del expediente, de conformidad con la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasa que por concurrencia a las pruebas selectivas para el ingreso de personal, se encuentra en vigor. Los aspirantes inscritos en las oficinas de empleo como demandantes de empleo, que lo acrediten debidamente quedarán exentos de abonar la tasa correspondiente por derechos de examen. Importe tasas 12,02 €
Nº DE CUENTA INGRESO TASAS: ES16 2100 6734 2022 0005 7460